Señor Alcalde,
Como usted probablemente lo sabe, la EUCC fue creada en 1987 por decisión del Consejo Municipal de Pratdip.
En julio de 2016, los Jueces del TSJC, basandose en el decreto legal de julio de 1990, dicen que esta EUCC tenía una duración máxima de 5 años, por lo tanto la disolvieron…
Así pues, en 1993, durante el transcurso de estos 5 anos el ayuntamiento de Pratdip y el alcalde de la época, tenian que haber realizado el proyecto de planificación urbana para el cual se creo esta EUCC y
– disolver la EUCC
– Integrar la urbanización de Planes del Rei.
En cambio, el ayuntamiento de Pratdip y todos los sucesivos alcaldes han creado VOLUNTARIAMENTE DISCRIMINACIÓN entre dos poblaciones que pertenecen administrativamente al mismo municipio,
Por una parte:
– los habitantes de arriba, Pratdip-centro, en su mayoria autóctonos.
De otra parte:
– los habitantes de abajo, de Planes, tipo «sub-ciudadanos», principalmente extranjeros de origen de la UE (Franceses, Belgas, Ingleses, Alemanes, Holandeses, etc…y también Espanoles de todas las regiones) y que Vd mismo, en una entrevista concedida a Radio Ciutat, considero como tal.
A partir de 1993, creando una DISCRIMINACIÓN hacia los vecinos de Planes, el Ayuntamiento de Pratdip y todos los sucesivos alcaldes han infringido las disposiciones de la Carta Magna Europea firmada entre España y la Union Europea No-Discriminación artículo 22 del título 3).
Después de 1993 habeis seguido en infligir a la población de Planes una DOBLE IMPOSICION (IBI + cuota recaudada por la EUCC para el mantenimiento de la urbanización), incumpliendo así los decretos europeos firmados por España que prohíben la norma de doble imposición.
Le recordamos que, en la actualidad, solo algunos países musulmanes practican todavía la doble tributación en contra de sus minorías Judías y Cristianas.
Además, en Pratdip, esta DOBLE IMPOSICIÓN DISCRIMINATORIA ha engendrado un considerable desvío de dinero en perjuicio de los vecinos de Planes. En euros durante un período de 23 años, desde 1993 hasta 2016, este desvío se valora en:
– IBI 5.750.000 €
– Subvenciones de la central eléctrica de Vandellos a la zona nuclear 1C (de la cual no forma parte Pratdip-centro): 5.290.000 €
O sea un total de 11.040.000 €. Es una cantidad que no se ha utilizado a propósito, es decir, el mantenimiento y la actualización de los estándares nucleares de la urbanización de Planes del Rei
Además, el daño sufrido por los vecinos de nuestra urbanización no se paran allí.
– Desde el 31 de octubre de 2017, la depuradora de aguas residuales ha sido cerrada y dichas aguas fluyen ahora hacia el Río Llastre, justo por encima de los niveles freaticos que suministran agua potable a Hospitalet de l’Infant y Miami Platja-Montroig.
– Ya no hay alumbrado publico en las calles lo que aumenta la inseguridad. Los servicios mínimos no se realizan correctamente.
– por último, el valor patrimonial de las casas de Planes se derrumbó debido a la inseguridad jurídica mantenida por el Ayuntamiento….. la incertidumbre debida al rechazo del Ayuntamiento en cumplir la decisión de los Jueces del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y de la Generalitat.
Señor Alcalde, le pedimos:
– Hacerse inmediatamente cargo de todos los servicios mínimos en beneficio de Planes gracias al uso del IBI pagado por los propietarios de Planes (250.000 € anuales).
– La rápida y efectiva integración de Planes en el municipio de Pratdip en virtud de la sentencia del 21/07/2016.
– la puesta en marcha de los obras de renovación dictadas por la sentencia del 20/07/2016, así como el ajuste de las normas nucleares conforme a los tratados firmados entre España y el OIEA mediante el uso del subsidio anual de la central de Vandellos (230.000 € anuales)
– el reembolso integral a los propietarios de planes de los importes indebidamente confiscados entre 1993 y hoy.
En caso de rechazamiento, lamentaremos estar en la obligación de apelar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con el consiguiente riesgo de una condena al Estado Español y La Generalitat.
Gérard Marais
Para la asociacion “Vecinos de Planes del Rei” (SOS Planas)
– Leer también : Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña